El día 7 abril ha dado comienzo la campaña de la Renta y Patrimonio para la realización de declaraciones por internet. El día 6 de mayo empezará la atención telefónica (previa cita) y el 2 de junio atenderán presencialmente (previa cita). La fecha de finalización de presentaciones será el día 30 de junio.
Un ejercicio marcado por la pandemia y que tienen consecuencias para los ciudadanos, el Ministerio de Hacienda ha dictado una orden y que ha sido publicada este mismo día 7 de abril, que permite a los contribuyentes que están afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en 2020, que puedan fraccionar el pago de la deuda tributaria. El contribuyente puede fraccionar el pago de la deuda tributaria derivada de la presentación de la declaración si le sale a ingresar hasta 6 meses.
La Ley de IRPF dice que están exentos de presentar la declaración aquellos que no superen los 22.000€. Para trabajadores con más de un pagador estará exento para aquellos que no superen los 14.000€, salvo que el total recibido del segundo pagador y sucesivos pagadores no supere los 1.500€.
Os dejamos enlace a la Orden: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-5395